Cúcuta. La Caja de Compensación Familiar de Norte de Santander se permite informar que:
1. Comfanorte viene operando desde el año 2009 en convenio con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar –ICBF- los Centros de Desarrollo Infantil -CDI-.
2. Que la operación de los CDI se realiza en virtud de lo establecido en la Ley 633 de 2000, Ley 789 de 2002 y Decreto Reglamentario 1729 de 2008, como parte de la política pública de Cero a Siempre, a través del programa de Atención Integral a la Niñez –AIN-, con el cual se beneficia a niños y niñas de cero a seis años pertenecientes a estrato 1 y 2 del Sisben o en situación de vulnerabilidad.
3. Que en virtud de lo señalado en el numeral 2 del artículo 54 de la Ley 21 de 1982, corresponde al Consejo Directivo de las Cajas de Compensación Familiar, aprobar en consonancia con el orden de prioridades fijados por la ley, los planes y programas desarrollados por Comfanorte.
4. Que la autorización para la ejecución de los recursos del Fondo de Atención Integral a la Niñez fue presentada para aprobación del Consejo Directivo, en sesión ordinaria del 24 de enero de 2020 y en extraordinaria del 28 de enero del mismo año; reuniones en las cuales no se aprobó la ejecución de los recursos para el programa de Atención Integral a la Niñez.
5. No es cierto que Comfanorte esté inmerso o haya sido notificado de alguna investigación por mal manejo de los recursos o ejecución del programa de Atención Integral a la Niñez.
6. Que los recursos del programa de Atención Integral a la Niñez siempre se han ejecutado a través del convenio celebrado con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, atendiendo los lineamientos y directrices establecidos por esta entidad.
7. Que Comfanorte ha operado exitosa y eficientemente el programa, siendo esta labor reconocida por la comunidad en general, con calificación de 5/5 en el Banco Nacional de Oferentes del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
8. Comfanorte agradece las manifestaciones de apoyo y respaldo expresadas a su gestión, siendo estas iniciativas propias y voluntarias de la comunidad, sin que exista presión o coacción alguna por parte de La Caja de Compensación o sus trabajadores.
9. Que cualquier información adicional se dará a conocer por los canales de comunicación oficiales de Comfanorte.