Comfanorte informa que a partir del 30 de junio de 2022 finalizó la Emergencia Sanitaria por Coronavirus COVID-19 declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social y que para postularse al subsidio al desempleo Ley 1636 de 2013, reformada por la Ley 2225 de 2022 y reglamentada por el Decreto 1493 de 2022, se debe cumplir con los requisitos y documentación requerida para acceder a los beneficios.
Para la postulación al Subsidio de desempleo, debe tener en cuenta que una vez la solicitud se encuentre radicada, se validará el cumplimiento de requisitos y documentación presentada, por lo tanto, de ser aceptada ingresará en lista de espera para asignación de recursos, lo anterior, de acuerdo con la disponibilidad de recursos económicos, ya que éstos no pueden darse más allá de la capacidad del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante – FOSFEC.
Se asignarán los recursos a cada postulante cuando exista recursos disponibles y se adjudicarán de acuerdo con la fecha de radicación de la solicitud, para lo cual te notificaremos a través de correo electrónico para informar el estado de su trámite.
Si cumples los anteriores requisitos, puedes diligenciar el formulario único de postulación, disponible en nuestra Oficina de Fosfec en el horario de lunes a viernes, en días hábiles, en el horario de 7:00 a.m. a 11:00 a.m. y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m.; anexando los siguientes documentos:
Certificación de terminación laboral (del último vínculo laboral) con fecha de retiro, motivo de terminación de contrato y último salario devengado. Lo anterior, amparado en los términos de la Ley 1636 de 2013 y Decreto 1072 de 2015 Articulo 2.2.6.1.3.2.
La certificación de cesación laboral será equivalente a la constancia sobre terminación del contrato que emita el contratante o al acta de terminación del contrato que contenga fecha de ingreso y retiro, motivo de terminación de contrato y último salario devengado.
La certificación de cesación se entenderá como la manifestación que realicen bajo declaración juramentada al respecto en el Formulario Único de Postulación, solo si no cuenta con la documentación descrita.
Si desea solicitar más información puede comunicarse de lunes a viernes, en días hábiles, en el horario de 7:00 a.m. a 11:00 m. y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m., por medio de los siguientes medios de contacto:
Ley 1636 del 18 de junio de 2013
Ley 2225 del 30 de junio de 2022
Resolución 2416 del 30 de junio de 2022
Decreto 1493 del 03 de agosto de 2022
La Caja de Compensación Familiar de Norte de Santander – Comfanorte, es una corporación de carácter privado, sin ánimo de lucro, que cumple funciones de seguridad social, con personalidad jurídica, otorgada por el Ministerio de Justicia mediante la resolución No 2894 de octubre 18 de 1957.
Correo exclusivo para recepcionar notificaciones judiciales:
Horario de atención: lunes a viernes de 07: 00 a. m. a 11:00 a. m. y de 02:00 p. m. a 05:00 p. m, en los siguientes puntos de atención:
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Ocaña
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Tibú
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Celular: 3182097656
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